David Rojo
Se trata de una E que sacude. Y que tiene que ver con Los Cabos:
“3.2.1 Probablemente extinta en el medio silvestre (E)
“Aquella especie nativa de México cuyos ejemplares en vida libre dentro del territorio nacional han desaparecido, hasta donde la documentación y los estudios realizados lo prueban, y de la cual se conoce la existencia de ejemplares vivos, en confinamiento o fuera del territorio mexicano”.
Aún estoy impactado. Se trata del proyecto NOM 059 Semarnat 2025 (Diario Oficial de la Federación, DOF), en cuya lista de “probablemente extinta” se cita al “Garrapatero Pijuy de Los Cabos”, con la propia referencia de ave “endémica”.
Sin embargo, debería de darse una mayor valoración y otros elementos de información sobre el Garrapatero Pijuy de Los Cabos, lo que incluso podría dar otro escenario sobre el ave.
Del Garrapatero Pijuy de Los Cabos en redes sociales en el 2025 se divulgaron presuntos testimonios de avistamiento en el estero josefino.
Además, del Garrapatero Pijuy de Los Cabos, en el documento Proy-NOM059-SEMARNAT-2025, se refiere con “P” a la Mascarita Peninsular, con acta de nacimiento en Los Cabos. Endémica.
En Semarnat se precisa:
“3.2.2 En peligro de extinción (P)
“Aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros”.
Lo dice Semarnat: “…poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural…”. La reserva estatal del estero de San José del Estado es hogar de la Mascarita Peninsular y se encuentra en condiciones cada vez más frágiles.
En el listado de 2019, Aves de México: Lista actualizada de especies de especies y nombres comunes (Berlanga, H., H. Gómez de Silva, V. M. Vargas-Canales, V. Rodríguez-Contreras, L. A. Sánchez-González, R. Ortega-Álvarez y R. Calderón-Parra), CONABIO, México D.F. (www.gob.mx/conabio; www.biodiversidad.gob.mx), se observa con LC al Garrapatero Pijuy (sin “de Los Cabos”, lo que implicaría Preocupación Menor (Categorías de riesgo de acuerdo a la IUCN).
De la NOM059, la Semarnat refiere:
“1. Objetivo y campo de aplicación
“Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los criterios que deben observar las propuestas para la inclusión, exclusión o cambio de categoría de especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo, en la república mexicana, mediante una justificación técnico-científica, y del método de evaluación de su riesgo de extinción.
“Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, para las personas físicas o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de especies o poblaciones silvestres, en alguna de las categorías de riesgo que se establezcan en la Lista de Especies en Riesgo que debe elaborar y publicar la Semarnat, todo lo anterior, conforme a lo previsto en los artículos 56, 58 y 59 de la Ley General de Vida Silvestre.
“2. Objetivos legítimos de interés público
“La presente Norma Oficial Mexicana tiene como finalidad, la protección al medio ambiente y cambio climático, en términos del artículo 10 de la Ley de Infraestructura de la Calidad. Ante la pérdida de la biodiversidad por diferentes factores como cacería ilegal, deforestación, degradación, fragmentación de ecosistemas e introducción de especies exóticas invasoras, es necesario proteger y conservar a las especies que se encuentren en riesgo, por lo que la presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones que debe observar la propuesta y la aplicación del método de evaluación del riesgo de las especies, que se pretendan incorporar a la Lista de Especies en Riesgo.
“La identificación del estado de conservación de las especies convierte a la presente Norma en una herramienta estratégica que permite a la Semarnat definir acciones y prioridades de conservación y, representa un mecanismo central para legislar o normar en temas relacionados con la protección y la recuperación de especies en riesgo y sus hábitats”.
Así, con el subrayado de Semarnat “en temas relacionados con la protección y la recuperación de especies de riesgo y sus hábitats”. Que el destino no alcance al paraíso.



